20.10.11

John Rawls


De John Rawls he hablado en muchas ocasiones en esta columna, pues no sólo es un tema que conozco bien (mi tesis doctoral en buena medida habla de Rawls), sino que además su filosofía me parece fundamental para entender una parte destacable de la ética que hoy discutimos.
Rawls fue creador de una sólida teoría de la justicia, especialmente de un procedimiento para alcanzar el acuerdo entre los diferentes de lo que debemos entender (pactar) como justo. Lo justo se acuerda en un espacio neutro donde las personas no saben sus características particulares, es decir, si son mujeres, hombres, negros, con necesidades diferentes, musulmanes, mayas, etcétera.
Lo anterior posibilita que se escojan principios para regir la vida pública independientemente de los intereses particulares de cada quien, mirando sólo hacia los intereses compartidos: básicamente salvaguardar la libertad, la propiedad, la igualdad frente a la ley y también la igualdad de oportunidades para realizar la idea de bien que cada cual tenga.
En este sentido, Rawls propone una definición política de la justicia ya no metafísica, lo que propicia una forma diferente de buscarla, que no será puliendo los instrumentos epistemológicos sino las características civiles de las personas.
Todo lo anterior es fundamental porque posibilita que quienes piensan diferente puedan vivir en la misma sociedad, siempre, claro, que vivan bajo los límites de los términos acordados en la discusión sobre la justicia.
Rawls rescata con esto la importancia que tiene que los seres humanos sean virtuosos, es decir, sean, por ejemplo, tolerantes, razonables, solidarios. Difícilmente una sociedad que defiende la libertad se puede mantener justa si todos son egoístas y sólo ven por sus intereses.
Ser solidario, tolerante y razonable implica, entre otras cosas, entender que sobre el bien común sólo se puede discutir en valores políticos. Lo que esto significa es que las ideas de las visiones del mundo no se pueden poner como condición para establecer un diálogo sobre cómo organizaremos una sociedad justa. En asuntos del bien común se discute sobre cómo salvaguardar los derechos fundamentales.
Otro elemento interesante de la ética rawlsiana es que defiende la desobediencia civil, es decir, los ciudadanos tienen derecho a levantar la voz frente a las injusticias que el Estado comete, especialmente cuando es patente que las leyes y normas que rigen la sociedad son distintas a los acuerdos fundamentales que permitirían la justicia.
El ejemplo más claro de esto es el movimiento por los derechos civiles que encabezó Martin Luther King Jr. en Estados Unidos. La Constitución, para citar un caso, aseguraba que todos eran iguales a la vez que las normas locales segregaban a los negros de las escuelas para blancos.
La ética rawlsiana se ha criticado mucho por su noción de lo que es una sociedad bien ordenada, decente, etcétera. Se dice, por ejemplo, que no es aplicable a una realidad como la mexicana. Pero debemos tener cuidado, lo más interesante en Rawls, desde mi punto de vista, es el procedimiento por el cual se adoptan las normas que deben regir una sociedad y ese, por supuesto, que podríamos llevarlo a cabo.
Imagínense cómo sería el debate político en nuestro país si los ciudadanos nos involucráramos para defender los derechos de todos, no los intereses de unos y, bueno, qué decir si los políticos que nos gobiernan en los tres poderes del Estado siguieran dicha máxima: la justicia es ver por los derechos de todos, no por los intereses propios, resumen tosco de la filosofía de Rawls pero que nos tendría en otro estado de cosas.
En Campus

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